è DOCUMENTOS
COMERCIALES
Los comerciantes están obligados a llevar registros
contables de sus operaciones mercantiles. Éstos deben estar respaldados por la
documentación correspondiente. Así, si pagan el sueldo a sus empleados deben
tener como prueba los recibos firmados por el personal y si venden mercaderías
archivarán el duplicado de la factura correspondiente, etc.
Los documentos de uso en el comercio varían según la operación a
comprobar, pueden ser:
Recibidos de terceros:
Ej.: Factura
por compras – Nota de crédito Bancaria
Originados por la empresa:
Ej.: Duplicado factura de venta – duplicado de recibo de cobro
Documentos internos, originados dentro de la misma empresa y
destinados a la propia administración.
Como por Ej.: Una autorización de gastos.
De cada documento respaldatorio se hacen al menos dos
copias o partes, las que quedan en poder de las personas o empresas que
intervienen en la operación.
Funciones:
La documentación cumple las siguientes funciones:
Función Contable: Proporciona a la teneduría de libros los datos
necesarios para efectuar la registraciones contables.
Función de Control: Permite individualizar a las personas que
intervienen en las negociaciones, estableciendo responsabilidades.
Función Jurídica: Es un medio de prueba escrita de las transacciones
efectuadas y de sus correspondientes registraciones en libros de contabilidad.
Conservación:
Existe obligación legal de que el comerciante conserve en buen orden
su documentación, debiendo hacerlo durante un tiempo determinado: Diez años
después de transcurrido el plazo de su utilización.
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